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Visas de Prometido/a

Una visa de prometido/a es una visa temporal que se emite a un inmigrante que quiere entrar a los Estados Unidos para casarse con su prometido/a ciudadano americano. En la mayoría de los casos, el

CIS requiere que la pareja comprometida se haya visto en persona en los últimos dos años antes de la fecha de la petición del ciudadano americano para su prometido/a con CIS.

Preguntas y Respuestas Comunes

¿Qué es el proceso de visa de prometido?

Si un prometido/a no es ciudadano de los Estados Unidos pero planea casarse con un Ciudadano Americano en los Estados Unidos, entonces el Ciudadano Americano tiene que presentar una petición de visa de prometido/a con el CIS en los Estados Unidos. Después que la petición se aprueba, el prometido/a inmigrante debe obtener una visa emitida en la Embajada o Consulado Americano en el extranjero. El prometido/a inmigrante solo puede entrar una vez a los Estados Unidos con la visa de prometido/a emitida y debe casarse con el ciudadano Americano a los 90 días de haber entrado a los Estados Unidos. 

¿Es la visa de prometido/a el mejor camino?

La petición de visa de prometido/a se presenta al Centro de Servicio CIS más cercano a la dirección del ciudadano americano. Cada Centro de Servicio tiene diferentes tiempos de procesamiento para los casos de visa de prometido/a, dependiendo en cuantos casos se presentan y el personal CIS disponible para decidir los casos. Como resultado, podría tomar entre 2 y 6 meses en promedio, dependiendo en el Centro de Servicio, para que se apruebe la petición de visa de prometido/a. Después que eso ocurre, el Centro de Servicio CIS notifica al Centro Nacional de Visas sobre la aprobación y se asigna un numero de visa y se notifica al consulado más cercano de la residencia del prometido/a extranjero. Esto puede tomar 1 o 2 meses más.   

Adicionalmente, cada consulado tiene diferentes tiempos de procesamiento, algunos cortos, otros largos para poder lograr la cita de la entrevista para que el prometido/a extranjero pueda ir por la visa. Así que dependiendo en si los planes de la boda son flexibles en los Estados Unidos y el tiempo estimado para completar el proceso de la visa de prometido/a, la visa de prometido/a no siempre es el camino más rápido, si esa es la preocupación principal de la pareja. 

Algunas parejas deciden casarse en el país extranjero y luego el esposo o esposa ciudadano americano presenta una Visa de Inmigrante en el centro de servicio CIS local, lo que puede ser mas rápido que los tiempos de procesamiento de la petición de visa de prometido/a, y luego el esposo o esposa prometido se entrevista en el consulado extranjero para entrar con una tarjeta de residencia (como un residente permanente) basado en la aprobación de la Visa de Inmigrante, en vez de entrar con una visa temporal como es la visa de prometido/a. A la larga esto podría ahorrarles dinero y tiempo por que la pareja no tendrá que presentar aplicaciones para Visa de Inmigrante y aplicaciones para la residencia en los Estados Unidos una vez que el prometido/a llega, si el esposo o esposa extranjero (casado en el extranjero) entra a los Estados Unidos con una tarjeta de residencia. Si esta es o no es la elección correcta para alguna pareja depende en los factores de cada caso individual, lo que se debería discutir con un abogado de inmigración antes de decidir el camino a tomar.    

¿Qué pasa si solo me caso con un ciudadano Americano afuera de los Estados Unidos y luego planeo mudarme a los Estados Unidos?

Si el inmigrante se casa con el ciudadano Americano antes de entrar a los Estados Unidos con una visa de prometido/a (antes o después que se haya emitido), el inmigrante esta violando la visa y cometiendo fraude de visa y no será elegible para la residencia basado en esa entrada. Una pregunta común es si una ceremonia religiosa en el extranjero cuenta como un matrimonio legal para los propósitos de la visa de prometido/a. Si la ceremonia es legal en el país donde se lleva a cabo, entonces es considerada legal en los Estados Unidos. Una opción más fácil es casarse legalmente en los Estados Unidos y luego, cuando el inmigrante obtenga estatus legal como un residente permanente, viajar al extranjero al país natal y tener una ceremonia religiosa o una ceremonia mayor para los amigos y familiares en ese momento.

Si usted decide casarse afuera de los Estados Unidos entonces la visa de prometido/a no es el proceso indicado para usted. En este caso, el proceso estándar es que el esposo o esposa inmigrante espere hasta que el ciudadano americano tenga una Visa de Inmigrante aprobada (al aplicar para ella en los Estados Unidos con CIS) y luego entrevistarse en el consulado más cercano de la residencia del esposo o esposa afuera de los Estados Unidos. Esto permitirá  al esposo o esposa inmigrante a entrar con estatus de residencia permanente legal (como portador de la tarjeta de residencia).

Si el esposo o esposa inmigrante no quiere ir por todo ese proceso consular e intenta entrar a los Estados Unidos, habiéndose casado ya con un ciudadano Americano, pero entrando con una visa de turista o temporal podría ser muy difícil entrar a los Estados Unidos. Al casarse con un Ciudadano Americano, demuestra al CIS que tiene una razón fuerte para quedarse en los Estados Unidos de manera permanente, aun si usted entra con una visa de turista o con una dispensa de visa. Puede ser muy difícil demostrar que no tiene la intención de quedarse de manera permanente. Si el CIS cree que usted no tiene una razón suficiente para salir de los Estados Unidos cuando su visa temporal expire, entonces no podrá entrar a los Estados Unidos con su visa temporal y será obligado a esperar en su país hasta que se apruebe una Visa de Inmigrante en su favor.

¿Qué pasa si entro a los Estados Unidos con otro tipo de visa y luego me caso con mi prometido/a que es ciudadano americano; podría siempre obtener la residencia sin tener una visa de prometido/a?

Si el esposo o esposa inmigrante entra a los Estados Unidos con una visa temporal (como una visa de turista) y luego se casa con un ciudadano americano, hay una presunción de "fraude de visa". Esto significa que un oficial CIS en su entrevista de residencia puede concluir que usted no representó de manera correcta su intención de casarse con un ciudadano americano y su intención de quedarse en los Estados Unidos permanentemente cuando entró con una visa de turista, una visa que usted usa por que quiere estar en los Estados Unidos temporalmente. Si este es su caso, es mejor que hable con un abogado de inmigración competente para determinar si debe aplicar para la residencia en los Estados Unidos (llamado el proceso de "ajuste de estatus") o si debe pedir una visa de inmigrante por el proceso consular, para evitar implicaciones de fraude de visa. Cada caso y cada circunstancia es única y siempre se recomienda que hable con un abogado de inmigración para entender los beneficios y problemas de cualquier opción de inmigración.  

¿Puedo trabajar con una visa de prometido/a?

Si, si usted aplica para y recibe autorización de trabajo (conocida como tarjeta de autorización de empleo o "EAD") una vez que su visa de prometido/a se emite. Algunas parejas prefieren esperar a aplicar para la autorización de empleo una vez que el esposo o esposa inmigrante está en los Estados Unidos y la pareja comienza el proceso de la residencia, ya que el permiso de trabajo siempre se incluye en la petición. De nuevo, si un permiso de trabajo se debe solicitar con la visa de prometido/a o con el proceso de residencia depende en la necesidad inmediata de trabajar vs. el posible ahorro a la pareja y sus circunstancias individuales.    

Una vez que usted tiene el permiso de trabajo, el esposo o esposa inmigrante puede trabajar en cualquier lugar de los Estados Unidos y tiene los mismos derechos legales que un trabajador ciudadano (por ejemplo, tiene que ser pagado por lo menos el salario mínimo y no ser pagado menos que un trabajador que es ciudadano en una circunstancia similar). Con una autorización de trabajo, el esposo o esposa inmigrante debería poder obtener una tarjeta de seguro social y una licencia de conducir estatal.  

Cambie de opinión sobre casarme con mi prometido/a. Ahora estoy en los Estados Unidos. ¿Qué puedo hacer ahora para siempre obtener una tarjeta de residencia?

La única manera de aplicar para la residencia una vez que un inmigrante entra a los Estados Unidos con una visa de prometido/a, sin tener que salir de los Estados Unidos, es aplicar en base al matrimonio con el prometido/a ciudadano. La única excepción para esto es si el esposo o esposa que es inmigrante se casa con el ciudadano americano pero el matrimonio se vuelve abusivo y el esposo o esposa que es ciudadano no coopera en patrocinar al inmigrante para la residencia. Solo en ese caso puede un esposo o esposa inmigrante obtener la residencia en el matrimonio sin el conocimiento o consentimiento del esposo o esposa que es ciudadano americano.

Si el esposo o esposa inmigrante decide no casarse con el ciudadano Americano, entonces en el momento que la visa de prometido/a expire, el esposo o esposa inmigrante debe salir de los Estados Unidos y aplicar para la residencia por otra opción. Aun si el esposo o esposa inmigrante se casa con otro ciudadano americano, el esposo o esposa inmigrante tendrá que salir de los Estados Unidos y pasar por la opción de Visa de Inmigrante y el procesamiento consular o por otro proceso de petición de visa de prometido/a, para poder recibir la residencia basada en un nuevo matrimonio.   

Es muy importante recordar que la presencia ilegal contará en contra del esposo o esposa inmigrante si el o ella se queda en los Estados Unidos después que se vence la visa de prometido/a y no se casa con el/la prometido/a ciudadano y no ha comenzado la petición para la residencia. Una vez que los días de "presencia ilegal" lleguen a 6 meses sin un estatus válido, el prometido/a inmigrante se expone a una prohibición de entrada de 3 años. Esta prohibición dice que una vez que el prometido/a inmigrante salga de los Estados Unidos ya sea de manera permanente o para solicitar una nueva visa en el extranjero, el o ella no podrá volver a entrar a los Estados Unidos por 3 años, aunque se haya aprobado una visa de inmigrante para el o ella. Si el esposo o esposa inmigrante se queda por un año o más en los Estados Unidos sin un estatus migratorio válido y luego sale de los Estados Unidos, el o ella esta sujeto a una prohibición de entrada de 10 años. Por eso, puede ser muy riesgoso viajar fuera de los Estados Unidos si usted ha tenido presencia ilegal. Por eso siempre es crucial hablar con un abogado de inmigración lo antes posible para determinar las opciones disponibles.     

Entre a los Estados Unidos con una visa de prometido/a y ahora estoy casado/a con un Ciudadano Americano. El/Ella presento los papeles de inmigración para que yo reciba mi residencia y autorización de empleo pero nuestro matrimonio no va bien. Mi esposo o esposa quiere el divorcio y yo aun no he recibido mi residencia. ¿Tengo alguna opción para todavía recibir mi residencia?

Si. Si su esposo o esposa está dispuesto/a a posponer el divorcio hasta después que recibas la residencia, usted puede quedarse con la tarjeta de residencia cuando la reciba. La entrevista de la residencia se enfocará en si ustedes dos siguen viviendo juntos, si tienen bienes compartidos, y si el matrimonio fue real desde el comienzo. Una separación del matrimonio no significa que su caso será negado. Sin embargo, si su caso se aprueba, la residencia que recibirá probablemente solo será válida por dos años ya que su matrimonio tendrá menos de dos años en el momento de la entrevista para la residencia. Usted puede aplicar para una dispensa del requisito de solicitar que se quite la condición de la residencia junto con su esposo o esposa. Esta dispensa le permitirá presentar la petición por su propia cuenta, sin la participación de su esposo o esposa, para quitar la condición en su residencia.

Si su esposo o esposa no va con usted a la entrevista para la residencia y ya no le patrocina, su aplicación para la residencia en base a matrimonio será negada. Sin embargo, si su matrimonio no funciona por que su esposo o esposa es abusivo (físicamente y/o financieramente y/o emocionalmente), usted puede solicitar la residencia en base al abuso sin el consentimiento o conocimiento de su esposo o esposa, y mantener su autorización de trabajo y su documento de viaje condicional que ya obtuvo en base a su patrocinio anterior. Esta área es muy complicada - se recomienda que cualquier esposo o esposa inmigrante que crea que este caso le aplica que repase nuestra sección de "Inmigrantes Abusados" para determinar si esta opción le conviene y para planear una consulta con la abogada de inmediato, para que pueda mantener el caso de la residencia anterior sin que interrumpa su permiso de trabajo. 

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La información presentada es de naturaleza general y no tiene la intención de ser considerada consejo legal. Siempre debe consultar con un abogado para determinar que opciones de inmigración están disponibles para usted y para determinar como los cambios recientes en la ley afectan su situación. 

Derechos Reservados © 2008 [Heather L. Poole].